La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia responde ante posibles malas prácticas de entidades bancarias a la hora de solicitar un crédito ICO

Ante las denuncias por las malas prácticas de algunas entidades bancarias que condicionan la concesión de créditos a la contratación de un seguro de Vida, la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha creado este buzón específico para cualquier denuncia por conductas anticompetitivas o consultas relacionadas con la aplicación de las normas de competencia en el contexto actual del COVID-19 (por ejemplo, abusos de posiciones dominantes mediante precios excesivos, acuerdos anticompetitivos entre operadores o engaños masivos en bienes y servicios afectados por la crisis sanitaria).

Planteada la consulta a la CNMC, responden que esto responde a una posible infracción de la normativa extraordinaria dictada en desarrollo de la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Concretamente, centra la infracción en la exigencia por las entidades financieras, en los términos negociales del contrato de préstamo, de una garantía adicional (seguro de vida, en su caso), para asegurarse la devolución de los préstamos concedidos por entidades financieras bajo la garantía del aval del Estado (Líneas ICO).

En esas circunstancias, nos comunican que, tanto al amparo del RD Ley 8/2020 (avales ICO empresas y autónomos), como en el RD Ley 11/2020 (línea de avales ICO para personas físicas arrendatarias de su vivienda habitual), la exigencia de tales garantías adicionales pudiera contravenir el espíritu o teleología de las medidas extraordinarias que, precisamente, quedan garantizadas con el aval del estado, por lo que la imposición de una nueva garantía se constituye en excesiva por superposición o sobre garantía innecesaria.

En consecuencia, esta Comisión va a proceder a dar traslado de estas circunstancias al Departamento Ministerial competente, a fin que aclare las disposiciones normativas alejando cualquier duda que pudiera perjudicar a los ciudadanos, a la vez que, de oficio, analizarán la compatibilidad de los hechos que se relata con las normas de competencia de la Ley 15/2007, en la situación tan extraordinaria como la que vivimos.