¿Qué hacer frente a un temporal?

Gloria ha pasado. Vuelve la calma. Pero una calma ansiosa, porque Gloria ha dejado a su paso 13 personas que han perdido la vida y numerosos destrozos materiales. Campos totalmente anegados, rachas de viento que han superado los 120km/h y precipitaciones acumuladas de 428l/m² y pérdidas millonarias.

Para muchos, ha sido una semana drástica con cortes de luz que se perpetuaban durante 48 horas y pese a la lluvia, en muchos hogares, han tenido el agua cortada. Según el conseller de Territorio, Damià Calvet, los daños causados por el temporal Gloria, ascenderán a unos 20 millones de euros de presupuesto; entre puertos, litoral y carreteras.

Frente a este tipo de fenómenos de la naturaleza como Gloria, el Consorcio de Compensación de Seguros, un organismo público dependiente del Ministerio de Economía, tiene la obligación de indemnizar algunos de los daños que estos imprevistos originen. Algunos de los casos contemplados por el CCS son las inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caída de cuerpos siderales y aerolitos.

Actualmente, el CCS asegura que ya se está haciendo cargo de los daños ocasionados y recuerda que se les puede contactar para reclamar indemnizaciones por los daños ocasionados. Las coberturas, en el caso de Gloria, se centrarán en las inundaciones, las filtraciones provenientes del exterior o los vientos de más de 120km/h, entre otros.
Cabe destacar, que el Consorcio financia con una parte de las tarifas que se pagan al seguro por lo que aquellos que no estén asegurados no recibirán ninguna indemnización.

Serán indemnizables por el Consorcio aquellos daños que afectan a personas o bienes sobre los que se ha contratado un seguro en cualquier compañía de seguros autorizada, y siempre que la póliza esté vigente en el momento de producirse los daños y el asegurado se encuentre al corriente del pago de la prima.

El Consorcio se hace cargo de la indemnización de los daños sobre la base de la misma póliza contratada con la entidad aseguradora. Esto significa que, a la hora de indemnizar, el Consorcio tendrá en cuenta los mismos bienes, el mismo capital asegurado y resto de condiciones (primer riesgo, límites de indemnización, etc.) establecidos en esa póliza de seguro para dichas contingencias.

En tu correduría de confianza podrán ayudarte a solicitar la compensación al Consorcio; ellos serán quienes abran el parte y tramiten cualquier documento que sea necesario. En estos casos, es imprescindible que te asesoren profesionales para agilizar cualquier gestión.